Preguntas frecuentes de electricidad

¿Con quién tengo que contratar el suministro?

Puede contratar con cualquier comercializadora, salvo que quiera y pueda acogerse al bono social, en ese caso, debe contratar con una de las llamadas CUR, comercializadoras de último recurso.

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¿Qué es un CUR?

Los CUR son comercializadores autorizados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Son las unicas comercializadoras que ofrecen el bono social electrico.

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¿Que determina la potencia a contratar?

La potencia viene fijada por la potencia de los aparatos que vayan a usarse de manera simultánea.

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¿Qué es el Bono Social?

El bono social es una medida para favorecer a ciertos colectivos. Se trata de un descuento sobre la PVPC fijado por el gobierno. Con este se pretende proteger a los hogares con menos recursos.

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¿Puedo acogerme al bono social?

Siempre que no superes unos ingresos máximos y pertenezcas a uno de estos grupos:

  • Personas físicas que tengan en su vivienda habitual contratada una potencia inferior a 3KW.
  • Pensionistas con 60 años o más que perciban una pensión mínima por jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
  • Familias numerosas.
  • Hogares donde todos sus miembros se encuentran en desempleo.

Visita nuestra sección del bono social

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¿Cómo puedo solicitar el Bono social?

Si perteneces a alguno de los demás grupos beneficiados con el Bono social la solicitud tendrá que realizarla a la Comercializadora de último Recurso con quien tiene el contrato de suministro.

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¿Quién puede comprar en el mercado libre?

Todos los consumidores.

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Si quiero cambiar de comercializador, ¿Cómo elegir el que más me conviene?

Usando nuestro comparador podrá elegir de manera sencilla aquel que más le conviene.

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¿Al realizar el cambio de comercializador tengo que realizar alguna modificación en la potencia o en los equipos?

Al realizar un cambio de comercializador no es necesario cambiar la potencia que tenia contratada, ni realizar ningún tipo de actuación en los equipos de medida o en el Interruptor de Control de Potencia (si dispone de él).

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¿Si tengo que realizar cambio de titular o de domiciliación a quien me tengo que dirigir?

Para realizar ese tipo de cambios tendrá que dirigirse a su comercializador.

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¿Puedo rescindir el contrato con mi comercializador cuando quiera?

Sí, todos los contratos tienen un principio y un fin, por eso la duración del contrato que usted firma es de un año.

Sin embargo NINGUNA COMERCIALIZADORA DE LUZ está aplicando penalización alguna.

No se especifica en ninguna cláusula este tema, por lo que usted podrá rescindir el contrato cuando quiera sin ningún coste.

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¿Qué ocurre si existe un error en mi contador?

Sí se comprueba un funcionamiento incorrecto del contador se realizará una facturación complementaria.

Si se le han facturado cantidades inferiores, la diferencia se podrá prorratear en tantas facturas como meses de error existiesen. El tiempo máximo, tanto del aplazamiento como del periodo a rectificar no será superior a un año.

Si facturadas fuesen superiores a las debidas, se deberá devolver las cantidades indebidas cobradas en la primera facturación. No se pueden fraccionar los importes a devolver.

A las cantidades adelantadas se les aplicará el interés legal del dinero vigente en el momento de la re facturación.

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¿Qué documentación será necesaria si quiero contratar un nuevo punto de suministro?

La documentación a portar dependerá de si ya existe el punto de suministro o no.

Si existe el punto de suministro la documentación necesaria será:

  • DNI
  • Título de propiedad o contrato de alquiler de la vivienda o local
  • Licencia municipal, si va a cambiar el uso
  • Boletín de la Delegación de Industria extendido por un Electricista Instalador Autorizado.Solo en el caso que usted desee contratar una potencia mayor a la máxima admitida que figura en el boletín del propietario anterior

Es recomendable aportar también:

  • Numero de su cuenta bancaria
  • Referencia catastral del inmueble

Si el punto de suministro no existe la documentación necesaria será:

  • DNI
  • Título de propiedad o contrato de alquiler de la vivienda o local
  • Licencia municipal, si va a cambiar el uso o se trata de primera ocupación
  • Boletín de la Delegación de Industria extendido por un Electricista Instalador Autorizado

Es recomendable aportar también:

  • Numero de su cuenta bancaria
  • Referencia catastral del inmueble

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