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El tribunal constitucional hace temblar la reforma energética

03
DICIEMBRE
2012
Editorial
Por Editorial

El tribunal constitucional ha declarado nulo e inconstitucional las tasas a la producción de energía nuclear y al almacenamiento de residuos radiactivos impulsadas por Castilla-La Mancha en el año 2000.

El fallo supone un golpe al gobierno y siembra un precedente para recursos similares en otras comunidades donde han proliferado las tasas energéticas.  También supone un duro golpe a la reforma energética del Gobierno para el 2013 que contempla una tasa ambiental como  el canon hidráulico y nuclear.

Este tribunal ha estudiado la inconstitucionalidad promovida por un órgano judicial en el que se impugna unos tributos regionales y los declara nulos.

La sentencia que fue ayer publicada en el Boletín Oficial del Estado, asegura que esta tasa supone una doble imposición lo que vulnera la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas.

El tribunal analiza la capacidad de las autonomías para imponer sus propios tributos, pero afirma que estos no pueden gravar el mismo hecho imponible que un impuesto estatal.

La sentencia también considera inconstitucional la cuota tributaria y tipos de gravamen que se fijaban para la energía nuclear.

Estas tasas se han convertido en un recurso recurrente en su afán recaudatorio en los últimos años. El principal problema es que los recursos de este tipo de cargas fiscales se suelen prolongar años.

Con la intención de impedir que las comunidades autónomas continúen aprobando este tipo de tributos, el Gobierno aprobó el pasado mes de julio que estas cargas puedan ser repercutidas al consumidor con lo que cada región tendrá un precio de luz diferente en función de las tasas energéticas que tenga en marcha. Esto conlleva nuevamente la diferenciación entre comunidades autónomas.