Mañana 1 de junio será obligatorio tener el certificado de eficiencia energética para alquilar o vender su vivienda. En caso de infracciones las multas pueden llegar a los 6000 euros.
Desde que el 13 de abril se publicase en el BOE el decreto 235/2013 para la Certificación Energética de Edificios Existentes, conocíamos el hecho de que sería el 1 de junio la fecha a partir de la cual sería obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores un certificado de eficiencia energética.
En el certificado se asignará a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes. Esto ira reflejado mediante una etiqueta de eficiencia energética.
Esta etiqueta deberá aparecer en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad dirigida a la venta o alquiler de cualquier inmueble. Y es importante tener en cuenta que es el propietario el que tiene la responsabilidad de tener el certificado así como también es el propietario el que responde de la falta de la etiqueta energética, en anuncios de la venta o alquiler de una vivienda.
Así que si es propietario de una vivienda y la va a poner a la venta o en alquiler téngalo en cuenta ya que las multas pueden ser ir desde los 300 euros por infracciones leves hasta ascender a los 6000 euros por infracciones muy graves.
