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El tribunal de justicia de la UE considera que la tasa está en línea con el derecho comunitario

21
OCTUBRE
2013
Editorial
Por Editorial

En su día las eléctricas Iberdrola, Gas Natural, Bizkaia Energía, Bahía de Bizkaia Electricidad y E.ON interpusieron recursos contra la tasa, que  España impuso en 2006 a las compañías eléctricas, por los ingresos obtenidos en el mercado por los derechos de emisión que reciben gratuitamente en el marco de la directiva de 2003, que creó el régimen europeo de derechos de emisión de gases.

Ya que consideraban que  podían  beneficiarse de los derechos obtenidos gratuitamente dado que la directiva reconoce que, aunque se concedan gratis, tienen un valor económico y pueden ser comerciados.

Y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado  y ha sentenciado que la normativa española que tasa a las compañías eléctricas por comerciar con derechos de emisión obtenidos gratuitamente está en línea con el derecho comunitario.

Considerando que la ley española no pretende imponer, a posteriori, una carga por la asignación de los derechos de emisión, sino paliar los efectos de las ganancias inmerecidas a que da lugar la asignación gratuita de derechos de emisión en el mercado eléctrico español.

El tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma que la ley española no perjudica el objetivo medioambiental de la directiva.