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¿Habrá nueva regulación para los procedimientos de cambio de suministrador?

30
JUNIO
2013
Editorial
Por Editorial

En el Informe de Verificación del Efectivo Consentimiento del Consumidor en el cambio de consumidor 2010, la CNE considera necesario  el desarrollo de normativas para los procedimientos de cambio de suministrador y que se realice una revisión y aclaración de las obligaciones de las comercializadoras y derechos de los consumidores.

El motivo de ello es que tras los análisis de una muestra aleatoria, del total de números de cambios de suministrador realizados en el año 2010, tanto en el sector del gas natural como en el de electricidad han detectado que el  3,1% de cambios no acreditan suficientemente el consentimiento efectivo por parte del consumidor. 

Entre los motivos por lo que no se considera que se no se  acreditan suficientemente el consentimiento efectivo por parte del consumidor hay distintos casos.

 Por un lado están aquellos casos en los que existe falta de algún dato o documentación concreta, con lo que se considera que la documentación aportada por los comercializadores para acreditar el consentimiento expreso del consumidor no es suficiente para acreditar la voluntad inequívoca  y que suponen un 1% de la muestra.

Y por otro lado están los casos en los que la documentación aportada por los comercializadores para acreditar el consentimiento expreso del consumidor es manifiestamente insuficiente o inexistente. En este caso están incluidos aquellos casos realizados sin consentimiento y reconocidos por algún comercializador. Lo que según la CNE “ponen de manifiesto un problema interno de gestión de la documentación por parte de las comercializadoras y de sus fuerzas de venta,”.

De la muestra  el 1,7% pertenece al sector de la electricidad y el  1,3% al sector del gas.

Por todo ello es por lo que la CNE considera necesario  el desarrollo de normativas para los procedimientos de cambio de suministrador y que se realice una revisión y aclaración de las obligaciones de las comercializadoras y derechos de los consumidores.