Según el real decreto ley 13/2012, publicado el 3 de abril por el Gobierno, las comercializadoras eléctricas deben disponer desde este mes de julio de un servicio de atención telefónica gratuita para atender sus reclamaciones sobre el suministro.
En la norma se daba un plazo de tres meses para la implantación del servicio. Y establece que, en su relación con los consumidores finales, las eléctricas deberán disponer de un servicio especializado de atención de reclamaciones, solicitudes de información, quejas o comunicaciones de incidencias.
Aunque no solo deberán ofrecer un número de teléfono gratuito, sino también una dirección postal, un número de fax y una dirección de correo electrónico para canalizar sus relaciones con los clientes.
La puesta en marcha de este servicio coincide con la revisión en julio de la Tarifa de Ultimo Recurso (TUR) de la luz, en la que el Gobierno ha aplicado un alza, que se suma al incremento del 7% ya aplicado en marzo.