La orden ministerial, publicada en febrero, en la que se establecen la contribución obligatoria de 240 agentes del sector al nuevo Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, acumula ya muchos recursos.
El objetivo que busca el ministerio es el de ahorrar este año 243 millones de euros a través de medidas de eficiencia. Dando de esta forma cumplimiento a las directivas comunitarias, que establecen la obligación de justificar las cantidades de ahorro de energía conforme a los objetivos de 2020. Que en el caso de nuestro país tiene que ahorrar entre 2014 y 2020 millones de toneladas o equivalente.
De acuerdo con este nuevo mecanismo de obligaciones, las empresas deben ahorrar durante el año una energía equivalente a un 1,5% anual de sus ventas, medidas en términos energéticos, a través de medidas de eficiencia.
Por este motivo los recurso presentados ante el Tribunal Supremo no se han hecho esperar siendo las primeras admitidas a trámite las realizadas por Cepsa, Disa y por la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), que representa a las principales petroleras del país, entre ellas Repsol, BP, Galp, Saras y Shell.
Pues bien ahora el TS ha admitido a trámite siete nuevos recursos en contra de la orden ministerial en cuestión, entre los que se encuentran las empresas Acciona, HC (filial de EDP España) y E.ON España.
Así como los instaladores eléctricos, a través de la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (Fenie), y los pequeños comercializadores, representados por la Asociación de Comercializadores Independientes de Energía.
Y también se suma el recurso presentado por las pequeñas distribuidoras de electricidad integradas en Cide HC Energía.