Ante la carta remitida por la asociación fotovoltaica UNEF, en la que denunciaba que la propuesta de Real Decreto sobre el autoconsumo formulada por el Gobierno vulnera cinco principios de la Constitución y dos Directivas Europeas. La defensora del pueblo responde.
Y recomienda a la Secretaría de Estado de Energía que no imponga el conocido como peaje de respaldo que grava la producción de energía para autoconsumo, ni la obligación de registro administrativo para estas instalaciones.
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, considera que el criterio para atribuir a las instalaciones de autoconsumo las obligaciones de registro y pago de peajes no debe ser la existencia de conexión a la red, “el criterio ha de ser si estas instalaciones vierten o no el excedente de energía no consumida a la red”.
Para la Defensora del Pueblo, la imposición de restricciones a la energía fotovoltaica no está justificada “ni por la necesidad de contribuir al sostenimiento de las redes (puesto que no se vierten excedentes a la red) ni por tratarse de un recurso natural escaso, por lo que esta institución entiende que debe permitirse que cualquier consumidor pueda emplear paneles fotovoltaicos como medida de ahorro energético, sin tener que pagar un peaje por la energía producida y consumida en la propia instalación”.
En su informe, también recuerda las conclusiones de la Comisión nacional de Competencia (CNC) que consideraba que “el establecimiento de peajes al autoconsumo podría resultar una medida desproporcionada y carente de justificación y que no se debe desincentivar el autoconsumo, dado que contribuye a reducir la dependencia energética respecto del exterior”.
Por su parte José Donoso, director general de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), ha calificado de «muy positivo» el rechazo expresado por el Defensor del Pueblo al peaje de respaldo al autoconsumo de electricidad.